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	<title>Impuestos archivos - Inmova</title>
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	<description>Inmobiliaria venta pisos en Madrid</description>
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	<title>Impuestos archivos - Inmova</title>
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		<title>¿Cómo calcular el valor catastral?</title>
		<link>https://inmova.es/impuestos/como-calcular-el-valor-catastral/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Francisco]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 21 Aug 2024 15:46:02 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Impuestos]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Ya tienes tu piso, y todo parece bonito … hasta que viene el momento de pagar impuestos.&#160;De repente todo tiene que ver con un montón de fórmulas que pueden ser bastante confusas para los compradores normales. Es importante que sepa exactamente&#160;qué impuestos debes pagar, a qué bonificaciones puedes aplicar&#160;y ante qué instancias deberás tributar. En [&#8230;]</p>
<p>La entrada <a href="https://inmova.es/impuestos/como-calcular-el-valor-catastral/">¿Cómo calcular el valor catastral?</a> se publicó primero en <a href="https://inmova.es">Inmova</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p>Ya tienes tu piso, y todo parece bonito … hasta que viene el momento de pagar impuestos.&nbsp;De repente todo tiene que ver con un montón de fórmulas que pueden ser bastante confusas para los compradores normales.</p>



<p>Es importante que sepa exactamente&nbsp;<strong>qué impuestos debes pagar, a qué bonificaciones puedes aplicar</strong>&nbsp;y ante qué instancias deberás tributar.</p>



<p>En este proceso, será clave para saber qué es y <strong>cómo saber el <a href="https://inmova.es/consejos-inmobiliarios/para-que-se-usa-el-valor-catastral/">valor catastral de un inmueble</a></strong> . Si quieres saber exactamente de qué va esto del valor catastral, en Inmova te explicamos todo lo que necesitas saber.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Qué es el valor catastral?</h2>



<p><a href="https://web.archive.org/web/20220521210556/https://www.deplace.es/que-es-el-valor-catastral-de-una-vivienda/">El valor catastral es el valor que tiene todo el inmueble en territorio español en el Catastro</a>.&nbsp;Este&nbsp;<strong>es un registro que debe hacer todo propietario</strong>&nbsp;ante el Ministerio de Hacienda y Función Pública, e incluye diversas características no solo del inmueble sino también del terreno sobre el que está construido la propiedad.</p>



<p>Entre los datos recogidos en el Catastro están un identificador único de 20 caracteres (la referencia catastral), la ubicación del inmueble, su distribución en un plano, el uso que se le da a la propiedad, el nombre del propietario y finalmente su valor catastral .</p>



<p><strong>El valor catastral para calcular el catastro para cada inmueble registrado</strong>&nbsp;.&nbsp;Este lo hace a partir del valor del suelo en el que se encuentra el inmueble, el valor de la construcción que posea, y una serie de criterios que son particulares para cada una de las Comunidades Autónomas.</p>



<p>El valor catastral no determinado es el mismo que el valor del mercado, que se limita al precio por el que se vende un inmueble.&nbsp;En general,&nbsp;<strong>el valor catastral de un inmueble no debería superar el valor del mercado</strong>&nbsp;.&nbsp;Para cumplir este requisito, el Ministerio de Hacienda ha fijado un coeficiente de referencia al mercado del 0,5 aprobado mediante orden ministerial.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Para qué se usa el valor catastral?</h2>



<p>El Estado usa el valor catastral para hacer distintas estadísticas pero, para los contribuyentes, lo más importante es saber que&nbsp;<strong>se usa como base para el cálculo de muchos impuestos</strong>&nbsp;.</p>



<p>Como para Hacienda el valor de la casa no es el valor del mercado sino el valor catastral, este&nbsp;<strong>sirve como indicador del poder adquisitivo del propietario</strong>&nbsp;.&nbsp;Por esto mismo, sirve de base para el cálculo de impuestos como el&nbsp;<a href="https://web.archive.org/web/20220521210556/https://www.deplace.es/ibi-que-saber-sobre-impuesto-bienes-inmuebles/">Impuesto de Bienes Inmuebles</a>&nbsp;(IBI), o el&nbsp;<a href="https://web.archive.org/web/20220521210556/https://www.deplace.es/que-es-impuesto-transmisiones-patrimoniales/">Impuesto de Transmisiones Patrimoniales</a>&nbsp;(IRPF).</p>



<p>Es por esta razón que el propietario debe&nbsp;<strong>d</strong><strong>eclarar cualquier modificación que se haga al inmueble que pueda afectar su valor</strong>&nbsp;, como una renovación, cambio del techo, o la modificación de una piscina.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Cómo calcular el valor catastral?</h2>



<p>Para calcular el valor catastral de un inmueble se toman en cuenta distintas características que están en el registro catastral de la propiedad.&nbsp;Entre los&nbsp;<strong>factores que afectan el valor catastral</strong>&nbsp;están: la localización de la propiedad, el valor del suelo, las circunstancias urbanísticas y las posibilidades del suelo para la producción.</p>



<p>Si en la propiedad se han hecho&nbsp;<a href="https://web.archive.org/web/20220521210556/https://www.deplace.es/5-consejos-utiles-una-reforma/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">reformas</a>&nbsp;, en el valor catastral se incluirán los costos incurridos en la remodelación, la mano de obra, la calidad y antigüedad del edificio;&nbsp;así como su carácter histórico o artístico.</p>



<p>Los&nbsp;<strong>cálculos del valor es estimado</strong>&nbsp;a partir de una serie de características del bien inmueble:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>La localización del inmueble.</li>



<li>Las circunstancias urbanísticas que afectan al suelo.</li>



<li>Su aptitud para la producción.</li>



<li>Las renovaciones que se hayan hecho.</li>



<li>El coste de la mano de obra.</li>



<li>La antigüedad del edificio.</li>



<li>Su valor histórico o patrimonial.</li>
</ul>



<p><strong>Estos cálculos son realizados por personal técnico cualificado</strong>&nbsp;y, nosotros como usuarios, no tenemos opción de intervenir en esta valoración.</p>



<p>Si quieres&nbsp;<strong>calcular el valor catastral online</strong>, puedes usar nuestra&nbsp;<a href="https://web.archive.org/web/20220521210556/https://www.deplace.es/valoracion/">herramienta de valoración de inmuebles</a>.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Cómo saber el valor catastral de mi casa?</h2>



<p>La forma más directa de calcular el valor catastral que le corresponde a tu inmueble es&nbsp;<strong>consultando el recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles</strong>&nbsp;(IBI). En este recibo se encuentran, además del valor catastral, el valor del suelo y el valor de la construcción de tu inmueble.</p>



<p>Si no tienes acceso al recibo del IBI, también&nbsp;<strong>puedes consultar estos datos en el Registro Catastral</strong>. Ahora bien, la información catastral no es completamente pública. Los datos a los que cualquiera puede acceder son a la referencia catastral, la localización, la superficie del terreno, su uso y en algunos casos los planos generales del terreno.&nbsp;<strong>El resto de datos son de acceso reservado únicamente</strong>&nbsp;<strong>al titular</strong>&nbsp;o personas autorizadas por este. Al presentar un certificado de propiedad (que puede ser digital), tendrás acceso el nombre, apellido y razón social del propietario del inmueble, el código de identificación y el domicilio registrado del dueño, el valor catastral del suelo y de la construcción.</p>



<p>Como titular de la propiedad -mostrando un certificado digital-, y aportando los datos de referencia catastral del inmueble,<strong>&nbsp;puedes solicitar una certificación catastral que contiene el valor catastral del inmueble</strong>, del suelo. La petición de la certificación catastral puede hacerse por medio de la sede electrónica del Catastro, en las oficinas de Gerencia del Catastro y también en los puntos de información catastral. Para acceder a los datos públicos también puedes ponerte en contacto de forma telefónica con la Línea Directa del Catastro.</p>



<p>Si quieres asesoramiento personalizado de la mano de expertos, no temas en contactarnos. En Inmova queremos hacer que los trámites inmobiliarios más fáciles para ti.</p>
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		<title>Qué es mejor, ¿la donación en vida o por herencia?</title>
		<link>https://inmova.es/impuestos/que-es-mejor-la-donacion-en-vida-o-por-herencia/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Francisco]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 07 Aug 2024 15:29:50 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Impuestos]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Tarde o temprano, en cada familia llega la hora de realizar la transmisión de los bienes entre los hijos y/o demás herederos. Como cabe suponer, cada estrategia de legado de bienes conlleva una carga fiscal diferente. Por tal razón, esta situación es frecuentemente un motivo de consulta. Siempre&#160;buscando la fórmula que minimice los gastos fiscales. [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>Tarde o temprano, en cada familia llega la hora de realizar la transmisión de los bienes entre los hijos y/o demás herederos. Como cabe suponer, cada estrategia de legado de bienes conlleva una carga fiscal diferente. Por tal razón, esta situación es frecuentemente un motivo de consulta. Siempre&nbsp;<strong>buscando la fórmula que minimice los gastos fiscales</strong>.</p>



<p>En este artículo, desde Inmova trataremos el tema de q<strong>ué procedimiento puede ser más conveniente a la hora de legar una propiedad</strong>: a través de la herencia o la donación en vida.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Qué mecanismos pueden usarse para traspasar un inmueble a familiares?</h2>



<p>Comúnmente,<strong>&nbsp;la transmisión de inmuebles se realiza a título gratuito</strong>. Es estos casos, una de las partes cede la titularidad del inmueble a la otra, sin recibir a cambio contraprestación alguna. Este es el caso de la donación, que es un acto&nbsp;<em>inter vivos;</em>&nbsp;y de la herencia, que es un acto&nbsp;<em>mortis causa</em>.</p>



<p>Existe sin embargo, una tercera opción menos usada, a título oneroso, que es la compraventa. Esta opción puede llegar a ser conveniente en los<strong>&nbsp;casos de querer repartir una misma propiedad entre varios hermanos</strong>. En el caso que solamente uno de ellos esté interesado en conservar la propiedad, éste podría adquirir el inmueble a sus padres,&nbsp;<a href="https://web.archive.org/web/20220523235900/https://www.deplace.es/cuanto-se-paga-por-una-donacion-de-vivienda/">pagando lo que corresponda</a>. Esta opción puede evitar complicaciones y ahorrar tiempo.</p>



<p>Ahora bien, la herencia y la donación en vida son procesos que<strong>&nbsp;se distinguen tanto en la forma de ejecución como en la tributación que generan</strong>. En primer término, la donación obligatoriamente deberá efectuarse a través de documento público y ante notario. La herencia no tiene esta obligación, aunque sí sea muy recomendable.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Qué es mejor, ¿la donación en vida o por herencia para obtener un ahorro fiscal?</h2>



<p>Lo primero a tener en cuenta es que las cargas fiscales asociadas a cada procedimiento no pueden ser estimadas de modo general. Esto por el carácter local de los tributos. En España, las Comunidades Autónomas poseen competencia para<strong>&nbsp;gestionar la recaudación y establecer las normativas de los impuestos locales</strong>&nbsp;que atañen a las herencias y donaciones. Esto hace que tanto las tarifas como las reducciones varíen según cada Comunidad Autónoma.</p>



<p>A razón de este hecho se puede entender que en alguna Comunidad la cuota de un tributo esté bonificada -en algunos casos hasta el 99%-; mientras que en otra no sea así. La discrepancia de criterios entre comunidades puede resultar que para inmuebles con similar valoración, la carga fiscal resulte muy diferente al seguir diferentes normativas.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Cuál es la base imponible en la que se hace el cálculo de impuestos?</h2>



<p>La base imponible se estima como la<strong>&nbsp;diferencia entre el&nbsp;<a href="https://web.archive.org/web/20220523235900/https://www.deplace.es/aprende-como-valorar-bienes-inmuebles-heredados/">valor del inmueble</a>&nbsp;al momento de su adquisición y su valor al momento de la herencia o donación</strong>. Todos los inmuebles tienen un valor. No se puede donar un inmueble “gratis”, así como tampoco se puede vender uno por un valor simbólico. Quienes reciben un inmueble en herencia o donación en vida, al no desembolsar una contraprestación, pueden dudar sobre qué valor asignarle. Si es excesivamente bajo,&nbsp;<strong>existe el riesgo de ser sujeto a una comprobación por parte de Hacienda</strong>&nbsp;y a posibles sanciones.</p>



<p>Tanto en donaciones como en herencias debe revisarse la base imponible. Esta viene a ser el valor real del bien, al que hay que restar las cargas y los gastos deducibles (deudas y gastos funerarios).<strong>&nbsp;Los tributos se calculan por la aplicación de reducciones, cuotas, deducciones y bonificaciones</strong>. Cada caso debe revisarse minuciosamente, para aplicar todas las reducciones que sean posibles.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Cuáles son los tributos a liquidar en cada caso?</h2>



<p>Debemos empezar recordando que en las transmisiones por donación existen dos partes<strong>:&nbsp;</strong>donante y el donatario. Cada una de las partes&nbsp;<strong>adquiere la obligación de liquidar varios tributos</strong>.</p>



<p>Quien dona deberá liquidar en su declaración de la renta (IRTF) la donación del bien, tal y como si lo hubiese vendido.<strong>&nbsp;El donante tiene la obligación de sumar una ganancia patrimonial que no ha percibido.</strong>&nbsp;Es importante tener en cuenta que, en el caso de que el donante sea una persona mayor de 65 años, y el inmueble donado se tratara de su domicilio habitual, tal ganancia patrimonial quedaría exenta de tributar. Tanto en las herencias como en las donaciones suele ser muy importante a la hora de determinar los tributos&nbsp;<strong>la edad de los herederos y el grado de parentesco</strong>.</p>



<p>El donatario, el sujeto que recibe la donación<strong>, será quien liquide ante la Hacienda Local</strong>&nbsp;que le corresponda el Impuesto de Donaciones y Sucesiones, en la modalidad de donaciones. También deberá abonar la&nbsp;<a href="https://web.archive.org/web/20220523235900/https://www.deplace.es/se-paga-plusvalia-donacion/">plusvalía municipal</a>. El heredero, quien recibe&nbsp;<strong>l</strong>a herencia, también<strong>&nbsp;deberá liquidar el Impuesto de Donaciones y Sucesiones</strong>, en la modalidad de Sucesiones y la plusvalía municipal.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Impuesto de Sucesiones y Donaciones</h3>



<p>Tal como se comentó anteriormente, este tributo está cedido a las Comunidades Autónomas. A la vista está que las comunidades autónomas han legislado al respecto de manera muy desigual. En este sentido, la liquidación de este tributo varía entre distintas CCAA.</p>



<h3 class="wp-block-heading">La plusvalía municipal o IVTNU</h3>



<p>Este tributo&nbsp;<strong>aplica solamente si el inmueble se ubica en terrenos urbanos</strong>. Si el número de años de pertenencia del inmueble es elevado, y ha ganado valor sustancial al momento de la transmisión, este impuesto puede ser oneroso.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Qué ventajas fiscales pueden tener la ubicación del inmueble?</h2>



<p>Para elegir si es mejor la herencia o la donación en vida, se debe considerar que existe diferencia entre la herencia y la donación en cuanto a<strong>&nbsp;cómo priva la ubicación del inmueble y la residencia de los titulares</strong>.</p>



<p><strong>En la donación de un inmueble es muy importante la ubicación del mismo</strong>. En estos casos se liquida el impuesto en concordancia a la Comunidad Autónoma en la que éste se sitúa. Es necesario tener este aspecto presente, pues es posible que en la CCAA. en que resida el titular del inmueble esté contemplada una tentadora bonificación al ISD, pero que no sea atractiva en la CCAA. donde se ubica el inmueble, que es la que aplica.</p>



<p><a href="https://web.archive.org/web/20220523235900/https://www.deplace.es/impuestos-heredar-casa-madrid/">En el caso de una herencia,</a><strong><a href="https://web.archive.org/web/20220523235900/https://www.deplace.es/impuestos-heredar-casa-madrid/">&nbsp;se liquidará el impuesto de sucesiones</a>&nbsp;en la CCAA en la que residía el fallecido</strong>. Esto independientemente de la ubicación del inmueble, o de dónde vivan los herederos. En este caso la vivienda habitual del fallecido es aquella en la que habitó durante más tiempo en los últimos cinco años anteriores al momento del fallecimiento.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Cómo influye el grado de parentesco en la tributación en caso de herencia?</h2>



<p>Otro aspecto a tener en cuenta a la hora de&nbsp;<strong>valorar si es mejor la herencia o la donación en vida, es el grado de parentesco de los beneficiarios</strong>. La ley estatal contempla reducciones en los tributos que varían de acuerdo al grado de parentesco, por lo que se aplica a todo el territorio nacional. Además, las CCAA pueden añadir bonificaciones adicionales a las establecidas por el estado, siendo las más ventajosas las que se aplican en los casos entre padres e hijos o cónyuges. De nuevo, aunque<strong>&nbsp;el Grupo I sea el más beneficiado por bonificaciones&nbsp;</strong>se debe tener en cuenta que este beneficio también varía enormemente entre diferentes CCAA.</p>



<p>Los grados de parentesco se han clasificado en cuatro grupos. Así,<strong>&nbsp;el Grupo I incluye a los descendientes directos, sean estos por consanguinidad o por adopción</strong>, menores de 21 años. Al grupo I se le confieren las mayores bonificaciones por parentesco.&nbsp;<strong>En el Grupo II están incluidos los ascendientes</strong>, ya sean los padres por consanguinidad o por adopción y los cónyuges. En el Grupo III están incluidos los parientes en segundo grado y tercer grado, es decir hermanos o tíos y sobrinos. Finalmente, el grupo IV incluye a los primos y parientes lejanos.</p>



<p>En el momento de responder&nbsp;<strong>qué es mejor entre herencia o donación en vida</strong>&nbsp;debemos tener presente el valor del inmueble. Es necesario considerar una lista de factores adicionales como la edad de los herederos, o el grado de parentesco, entre otros.&nbsp;<strong>También cuenta si se va a destinar a vivienda habitual y permanente</strong>. Consideración especial tienen las personas con minusvalía física, psíquica o sensorial, quienes gozarán por Ley estatal de las mayores reducciones.</p>



<p>Como puedes ver, decidir entre herencia o donación en vida requiere de consejo experto. En Inmova te ayudaremos a valorar todas las circunstancias que cuentan en tu caso específico. ¡<a href="https://inmova.es/contacto/">Contáctanos</a>!</p>
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		<title>¿Cómo se declara la venta de un piso? Todo lo que tienes que saber</title>
		<link>https://inmova.es/impuestos/como-se-declara-la-venta-de-un-piso/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Francisco]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 07 Aug 2024 15:20:50 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Impuestos]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La ganancia o pérdida patrimonial resultante de&#160;vender un piso&#160;dependen de si has obtenido o no beneficios por la operación, es decir, dependiendo a qué precio compraste y a qué precio vendes. A la hora de hacer la declaración de la renta, es muy importante&#160;si has vendido un inmueble&#160;el año pasado, ya que hay una serie [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>La ganancia o pérdida patrimonial resultante de&nbsp;<a href="https://web.archive.org/web/20220524005424/https://www.deplace.es/claves-vender-piso/">vender un piso</a>&nbsp;dependen de si has obtenido o no beneficios por la operación, es decir, dependiendo a qué precio compraste y a qué precio vendes.</p>



<p>A la hora de hacer la declaración de la renta, es muy importante&nbsp;<strong>si has vendido un inmueble&nbsp;</strong>el año pasado, ya que hay una serie de pasos y requisitos a seguir. &nbsp;A continuación, te damos los pasos que debes seguir y los impuestos que deberás tributar.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Qué impuestos y a qué instancias debes pagar?</h2>



<p>Para saber exactamente&nbsp;<a href="https://web.archive.org/web/20220524005424/https://www.deplace.es/herencia-cuanto-debo-pagar-plusvalia/">qué impuestos debes pagar</a>, es importante que sepas cómo se declara la venta de un piso. Parece que todo ha terminado una vez se han firmado los papeles de venta de un piso. En realidad,&nbsp;<strong>los trámites se extienden hasta la declaración de ese año fiscal</strong>.</p>



<p>La plusvalía es el impuesto sobre el aumento del valor del inmueble. Esta plusvalía es gravada fiscalmente y por los ayuntamientos. La plusvalía se define como la&nbsp;<strong>revalorización que obtiene el propietario de una vivienda&nbsp;</strong>o terreno al venderlo. En el caso que no se haya generado un beneficio, no se tendrá que pagar el impuesto.</p>



<p>El impuesto a la plusvalía tiene&nbsp;<strong>dos versiones</strong>:</p>



<ol class="wp-block-list">
<li>La plusvalía que se paga a Hacienda a través del Impuesto sobre <strong>la Renta de las Personas Físicas </strong>(IRPF).</li>



<li>La plusvalía que se paga en forma de <strong>impuesto municipal</strong>. Es importante recordar que en los últimos años <strong>el </strong><a href="https://web.archive.org/web/20220524005424/https://www.deplace.es/impuesto-plusvalia-municipal/"><strong>Impuesto de Plusvalía Municipal</strong></a><strong> se ha modificado</strong>, con lo que es posible acceder a reembolsos o descuentos.</li>
</ol>



<p>Para declarar la venta de un piso&nbsp;<strong>necesitas conocer la ganancia real</strong>. Esta ganancia se calcula como la diferencia entre el valor de adquisición o compra y el del valor de venta, multiplicando esta cifra por un coeficiente de actualización. Estos coeficientes los fija la propia agencia tributaria y varían de acuerdo al año en el que hayas comprado el piso. Es necesario saber que,&nbsp;<strong>después de la reforma fiscal aprobada en 2015&nbsp;</strong>a todos los inmuebles adquiridos a partir del 2015,&nbsp;<strong>no se les aplicará el coeficiente de actualización&nbsp;</strong>en el cálculo de la plusvalía.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Cómo se calcula el pago de impuestos por la venta de un piso?</h2>



<p>Los valores de adquisición y de transmisión del inmueble,&nbsp;<strong>se determinan mediante la suma de tres conceptos</strong>&nbsp;y la resta de un cuarto:</p>



<ol class="wp-block-list">
<li><strong>El importe real de la adquisición</strong>. Cuando la adquisición del piso que se vendió o traspasó se dio a título oneroso, su valor de adquisición será el importe real por el que se adquirió.</li>



<li><strong>El coste de inversiones y mejoras</strong>. Si en el piso se han realizado inversiones y mejoras, su coste se añade al valor de adquisición.</li>



<li><strong>Los gastos y tributos inherentes a la adquisición</strong>. Para el cálculo del importe del valor de adquisición se sumarán todos los gastos y tributos inherentes a la adquisición que hayan sido satisfechos por el adquirente, a excepción de los intereses.</li>



<li><strong>Amortizaciones</strong>. Las amortizaciones que correspondan a bienes amortizables minoran el valor de adquisición.</li>
</ol>


<div class="wp-block-image">
<figure class="aligncenter"><img decoding="async" src="https://web.archive.org/web/20220524005424im_/https://www.deplace.es/wp-content/uploads/2018/06/venta-de-un-piso.jpg" alt="declaración venta de un piso" class="wp-image-3195"/></figure></div>


<p>Después de calcular la plusvalía, debes&nbsp;<strong>documentar ante Hacienda toda factura relacionada a la transacción de venta</strong>&nbsp;del piso, tales como los pagos de plusvalía municipal, gastos de notario, de gestoría, de registro, de honorarios de la agencia inmobiliaria y/o cancelación de hipoteca. Te permitirá rebajar el impuesto.</p>



<p>Para el ejercicio del año 2017, se impone el&nbsp;<strong>pago del 19% para los primeros 6.000 euros&nbsp;</strong>de la ganancia patrimonial obtenida. A partir de esta cantidad y&nbsp;<strong>hasta los 24.000 euros,&nbsp;</strong>se impone el&nbsp;<strong>pago del 21%</strong>. Para la ganancia patrimonial que supere la cantidad de&nbsp;<strong>24.001 euros se impone un tributo del 24%.</strong></p>



<p>A modo de ejemplo, el cálculo del tributo para una ganancia de 29.000 euros requiere la suma de dos porcentajes: el 19% por los primeros 6.000 que equivalen a 1.140 euros y el 21% por los restantes 23.000 que equivale a 4.830. En este caso, el pago total a la agencia tributaria sería de 5.970 euros.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Existen exenciones para el pago del impuesto a las ganancias patrimoniales por la venta de un inmueble?</h2>



<p>Hay algunos casos que&nbsp;<strong>te pueden eximir del pago de este impuesto</strong>. Aquí tienes las exenciones que contempla la ley:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Si tienes más de 65 años</strong>, cumplidos antes del 31 de diciembre de 2017, y has vendido tu vivienda habitual <strong>no tendrás que pagar este impuesto</strong>. Esto aún cuando no quieras reinvertir la ganancia obtenida.</li>



<li>Si quieres <strong>destinar el importe de la venta del inmueble a la adquisición de otra vivienda</strong>. Para acogerte a esta exención, debes cumplir otros requisitos: que la vivienda vendida hubiera sido tu vivienda habitual y que la reinversión la efectúes en un periodo no superior a dos años desde que vendiste tu anterior piso. SI solo es una parte tributarán con normalidad al IRPF cualquier porción de la ganancia que no destines a la compra de tu nueva vivienda habitual.</li>



<li><strong>Si has perdido tu vivienda habitual por no poder pagar la hipoteca</strong>, no tendrás que pagar ni plusvalía municipal ni impuesto sobre la renta, aún en el caso que se obtenga una ganancia.</li>
</ul>



<p>Como puedes ver, para saber exactamente cómo se declara la venta de un piso debes estudiar bastante las leyes y estar actualizado sobre las últimas ordenanzas. Para hacer que sea un proceso relativamente sencillo,&nbsp;<strong>debes estar bien informado y disipar tus dudas</strong>.</p>



<p>Siempre es una <strong>buena idea contar con <a href="https://web.archive.org/web/20220524005424/https://www.deplace.es/merece-pena-usar-asesor-hipotecario/">asesoría de expertos</a></strong>, que podrán orientarte durante este proceso, te explicarán exactamente cómo se declara la venta de un piso y facilitarán los trámites fiscales. En Inmova somos un equipo con experiencia en asesoramiento tributario y estamos dispuestos a despejarte las dudas en cada parte del proceso. ¿Quiere más información? Estamos aquí para ayudarte.</p>
<p>La entrada <a href="https://inmova.es/impuestos/como-se-declara-la-venta-de-un-piso/">¿Cómo se declara la venta de un piso? Todo lo que tienes que saber</a> se publicó primero en <a href="https://inmova.es">Inmova</a>.</p>
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		<title>¿Puedo obviar el pago de la plusvalía municipal?</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Francisco]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 06 Aug 2024 15:41:17 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Impuestos]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Los impuestos pueden representar una carga económica grande para cualquier familia, sobre todo cuando se trata de impuestos sobre la compraventa de una vivienda. La plusvalía municipal puede ser uno de los impuestos más altos que necesites tributar al comprar un piso, por lo que es normal que comiencen las dudas: ¿qué pasa si no pago las [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p>Los impuestos pueden representar una carga económica grande para cualquier familia, sobre todo cuando se trata de impuestos sobre la compraventa de una vivienda. La <a href="https://web.archive.org/web/20220702025504/https://www.deplace.es/impuesto-plusvalia-municipal/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">plusvalía municipal</a> puede ser uno de los impuestos más altos que necesites tributar al comprar un piso, por lo que es normal que comiencen las dudas: ¿qué pasa si no pago las plusvalía municipal? ¿puedo simplemente no pagar ese impuesto? En Inmova te explicamos exactamente a qué te enfrentas si no pagas la plusvalía municipal.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Qué es la plusvalía?</h2>



<p>La llamada plusvalía municipal es un&nbsp;<strong>tributo que se impone sobre el valor del suelo en inmuebles de naturaleza urbana</strong>. Este tributo no tiene en cuenta el precio de venta de la vivienda sino el valor catastral. Para calcularlo se usan unas tablas de coeficientes que corrigen el importe a pagar en función del tiempo -hasta un máximo de 20 años-, durante el que se haya poseído la propiedad.</p>



<p><a href="https://web.archive.org/web/20220702025504/https://www.deplace.es/como-donde-se-paga-plusvalia/"><strong>El tributo se paga cada vez que ocurra una transmisión de la propiedad</strong></a>, sea a título de&nbsp;<a href="https://web.archive.org/web/20220702025504/https://www.deplace.es/herencia-cuanto-debo-pagar-plusvalia/">herencia</a>, donación, compraventa o permuta.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Qué pasa si no pago plusvalía municipal?</h2>



<p>Si se te ha pasado el pago de la plusvalía municipal puedes presentarte -con todos tus documentos de la transmisión del inmueble-, a exponer tu situación ante el Ayuntamiento y&nbsp;<strong>llegar a un acuerdo para evitar posibles sanciones y recargos</strong>&nbsp;extras.</p>



<p>Si no pagas la plusvalía municipal tras haber transmitido una vivienda, transcurrido unos meses desde el vencimiento de la obligación, te enviarán una&nbsp;<strong>comunicación por correo postal que te instará a efectuar su pago</strong>.</p>



<p>Como podrás imaginar, además de pagar la totalidad del importe que en su momento no abonaste, también&nbsp;<strong>deberás pagar los intereses de demora, la sanción por incumplimiento de pago y el recargo&nbsp;</strong>por pagarlo fuera de plazo; lo que se denomina presentación extemporánea.</p>



<p>En caso de impago tras esta comunicación,&nbsp;<strong>el Ayuntamiento podrá reclama el importe por vía ejecutiva</strong>&nbsp;y, en este caso, podría llegar a embargarte tus activos: ya sea la cuenta del banco, tus bienes e inmuebles hasta alcanzar el valor de lo adeudado más intereses.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Cuándo prescribe la plusvalía de una herencia?</h2>



<p>Al igual que el resto de los impuestos,&nbsp;<strong>la plusvalía prescribe a los cuatro años</strong>, tal como dispone la Ley General Tributaria. Cumplido ese plazo la Administración ya no podrá exigir el pago de las deudas tributarias.</p>



<p>El plazo de prescripción de la plusvalía iniciará a partir del día siguiente a la fecha en que culmine el plazo de 30 días en los que debieras haber presentado la declaración o autoliquidación.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Qué pasa si no pago la plusvalía municipal dentro de plazo?</h2>



<p>En caso que el contribuyente realice el pago -sin haber un requerimiento previo por parte del Ayuntamiento-,&nbsp;<strong>igualmente se le impondrán ciertos recargos</strong>. Tales recargos son variables en función del tiempo que haya pasado.</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Tendrá un<strong> recargo único del 5% si se presenta en los 3 meses siguientes</strong> a haber terminado el plazo.</li>



<li>El recargo será del <strong>10% si se presenta después de los 3  meses y antes de cumplir 6 </strong>tras de la finalización del plazo.</li>



<li>El recargo aumentará al <strong>15% si han transcurrido más de 6 meses y menos de 12</strong> meses de su fecha tope.</li>
</ul>



<p>Los recargos pagados pasados 12 meses de la fecha límite, se les aplica el cobro de los intereses de demora y, además, un&nbsp;<strong>recargo único del 20% del importe</strong>. Estos recargos tienen naturaleza resarcitoria, no sancionatoria; por lo cual si el contribuyente los paga -o acuerda un aplazamiento o fraccionamiento en periodo voluntario-,&nbsp;<strong>puede recibir una reducción del 25%</strong>&nbsp;del monto de los recargos.</p>



<p>Solo existen&nbsp;<a href="https://web.archive.org/web/20220702025504/https://www.deplace.es/exenciones-plusvalia-municipal/">exenciones para la plusvalía municipal</a>&nbsp;para casos muy concretos, por lo que no es fácil librarse de&nbsp;<a href="https://web.archive.org/web/20220702025504/https://www.deplace.es/se-paga-plusvalia-donacion/">pagar la plusvalía</a>.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Cómo se estima el interés de demora?</h2>



<p>Comúnmente, el importe no ingresado en el plazo establecido constituye la&nbsp;<strong>base sobre la cual se calcula el interés de demora</strong>. El porcentaje del interés de demora se equipara al interés legal aplicado legalmente al dinero adeudado&nbsp;<strong>corregido por el lapso de tiempo de la deuda, &nbsp;incrementado en un 25%</strong>, según la Ley de Presupuestos Generales del Estado.</p>



<p>El lapso que se aplica al cálculo de los intereses de demora&nbsp;<strong>se estima a partir de la fecha en que hubiera correspondido la liquidación</strong>&nbsp;efectuada a tiempo (fecha de inicio del cómputo); y el momento en que se haya dictado la nueva liquidación (fecha final del cómputo).</p>



<h2 class="wp-block-heading">Sanciones tributarias para los impagos de la plusvalía</h2>



<p>Las sanciones para este tipo de infracción se encuadran dentro del artículo 191 de la Ley General Tributaria (LGT).</p>



<p>El importe de las sanciones tienen como&nbsp;<strong>base la cuantía no ingresada por comisión de la infracción</strong>. Las infracciones se clasifican dependiendo del importe de la deuda y de la actuación del infractor en leves, graves y muy graves.</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Infracciones leves</strong>. Infracciones que <strong>no superan los 3.000€</strong>, <strong>o más siempre que no se haya producido una ocultación de datos.</strong> En este caso la sanción es multas pecuniarias proporcionales al 50% del impuesto no ingresado.</li>



<li><strong>Infracciones graves</strong>. si la cuantía de la infracción sobrepasa los 3.000€ y más del 10% de esa cantidad resulta de haber ocultado datos.</li>



<li><strong>Infracciones muy graves</strong>. Independientemente de la cuantía, cuando una persona se ha beneficiado gracias a uso de medios fraudulentos: doble contabilidad, facturas falsas…</li>
</ul>



<p>Para las infracciones graves, la multa pecuniaria proporcional estará entre el 50% al 100%; y para las muy graves, entre el 100% al 150%.&nbsp;<strong>Las multas en estos dos últimos casos se gradúan</strong>&nbsp;dependiendo si se ha cometido la infracción en forma repetida y del perjuicio económico que represente para la Hacienda Pública.</p>



<p>Si te estás preguntando qué pasa si no pago la plusvalía municipal, es importante que consideres buscar asesoramiento legal para reducir los recargos por retardo.</p>



<p>En Inmova te ofrecemos el servicio de profesionales expertos, que puede resultar vital para que actúes acertadamente y te informes en detalle de qué pasa si no pagas la plusvalía municipal; así como de cualquiera de las obligaciones fiscales que deriven de la venta de tu piso. No esperes más y <a href="https://web.archive.org/web/20220702025504/https://www.deplace.es/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">contacta con nosotros</a> para tus aspectos legales.</p>
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		<title>¿Qué es el IBI? Lo que debes saber sobre el Impuesto de Bienes Inmuebles</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Francisco]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 02 Jul 2024 15:26:08 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Impuestos]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Ser el propietario de una casa conlleva ciertas responsabilidades. Para los nuevos propietarios,&#160;la cuestión de los impuestos puede resultar compleja. Saber dónde pagar, cuánto y si existen o no bonificaciones, entre otros, puede ser un asunto que ocupa mucho tiempo y esfuerzo mental. Para hacerte el proceso más fácil, en Inmova te explicamos todo sobre qué [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p>Ser el propietario de una casa conlleva ciertas responsabilidades. Para los nuevos propietarios,&nbsp;<strong>la cuestión de los impuestos puede resultar compleja</strong>. Saber dónde pagar, cuánto y si existen o no bonificaciones, entre otros, puede ser un asunto que ocupa mucho tiempo y esfuerzo mental.</p>



<p>Para hacerte el proceso más fácil, en Inmova te explicamos todo sobre<strong> qué es el IBI, cómo pagarlo, si el IBI prescribe</strong>, entre muchas otras dudas comunes. No hace falta preocuparse: ¡es más sencillo de lo que parece!</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Qué es el IBI y quien lo paga?</h2>



<p>El Impuesto sobre bienes inmuebles (IBI), es un tributo anual que paga todo propietario por&nbsp;<strong>la tenencia y el derecho de uso</strong>&nbsp;<strong>de un bien inmueble</strong>; ya se trate de casas o bien de pisos, locales comerciales y fincas rústicas o urbanas.</p>



<p>En cuanto a qué es el IBI, has de saber que este impuesto constituye una de las principales fuentes de ingresos de los ayuntamientos.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Cómo se calcula y cuando es el devengo del IBI?</h2>



<p>La&nbsp;<a href="https://web.archive.org/web/20220524000257/https://www.deplace.es/impuesto-bienes-inmuebles-como-calcula-ibi/">cuota anual del IBI se calcula</a>&nbsp;aplicando un coeficiente -previamente aprobado por los Ayuntamientos-, adecuado al&nbsp;<a href="https://web.archive.org/web/20220524000257/https://www.deplace.es/que-es-el-valor-catastral-de-una-vivienda/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">valor catastral</a>.</p>



<p>Para los inmuebles urbanos, el coeficiente&nbsp;<strong>varía entre un 0,4% y un 1,3% según el ayuntamiento</strong>. El pago del IBI debe hacerlo la persona que a 1 de enero es propietaria. Si existen varios propietarios, se puede dividir su abono entre cada uno de ellos.</p>



<p>Esto significa que&nbsp;<a href="https://web.archive.org/web/20220524000257/https://www.deplace.es/cuando-se-paga-ibi/">el devengo del IBI se produce el 1 de enero de cada año</a>&nbsp;y, el responsable de pagarlo, es el propietario para esa fecha. Si un&nbsp;<a href="https://web.archive.org/web/20220524000257/https://www.deplace.es/quien-paga-ibi-casa-vende-mitad-ano/">inmueble es vendido en el transcurso del año</a>, no importa en qué momento,&nbsp;<strong>el impuesto debe ser abonado quien tenía titularidad para el 1 de enero</strong>, aunque para el momento del pago ya no sea el titular.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Cómo pagar el IBI por Internet</h2>



<p><strong>El pago del IBI se puede realizarse bien en persona, o bien online</strong>. Si deseas pagarlo en persona, los pagos pueden realizarse en bancos o cajas de ahorros colaboradoras de la recaudación a nivel municipal. Si quieres pagar el impuesto por internet, debes usar la web de SUMA.</p>



<p>En ambos casos,&nbsp;<strong>puedes decidir si quieres pagar el IBI al contado o en plazos</strong>. Depende del ayuntamiento donde se encuentre el inmueble los tipos y fórmulas de pago, que en muchos casos incluye la posibilidad de domiciliación.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Cómo fraccionar el pago del IBI</h2>



<p>Existen&nbsp;<strong>dos formas de fraccionar el pago del IBI</strong>. La primera opción es la de Pagos a la Carta o PAC. Usando este modo de fraccionar el pago s<strong>e aplica una bonificación de 5% sobre cada cuota</strong>&nbsp;con un límite de 70 EUR por recibo. &nbsp;Usando el PAC el pago se fracciona en 2, 3, 5 o 9 plazos dependiendo de si es mensual, bimensual, trimestral o semestral.</p>



<p>La segunda opción es el SEPE, o Sistema Especial de Pago. Usando este régimen&nbsp;<strong>se aplica una bonificación de 3,25%</strong>. Antes de seleccionar el modo de pago, debes tener en cuenta que&nbsp;<strong>el pago fuera de plazo está sancionado por ley</strong>, y los recargos por retraso dependen de cuánto tiempo haya pasado desde el final del periodo voluntario.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Existen desgravámenes al IBI?</h2>



<p>Si,&nbsp;<strong>existen propiedades que están exentas de pagar este impuesto</strong>, aunque por lo general, los contribuyentes comunes no poseen propiedades de este tipo.</p>



<p>Entre los inmuebles que no gravan el IBI se encuentran aquellos pertenecientes a la<strong>&nbsp;Iglesia Católica, las cárceles, comisarías, colegios y cualquier propiedad del Estado</strong>, de las Comunidades Autónomas o de los ayuntamientos.</p>



<p><strong>El IBI desgrava también en las sedes diplomáticas en territorio español,</strong>&nbsp;así como los inmuebles que pertenezcan a la Cruz Roja. Por último, los edificios históricos e inmuebles considerados patrimonio no gravan aunque sean de titularidad personal.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Ha aumentado el pago del IBI?</h2>



<p>La actualización en la tasación o valor catastral de las viviendas en muchos ayuntamientos durante el pasado 2016 ha supuesto un<strong>&nbsp;incremento en el&nbsp;<a href="https://web.archive.org/web/20220524000257/https://www.deplace.es/aprende-como-valorar-bienes-inmuebles-heredados/">valor de los inmuebles</a></strong>, que tiene repercusión en la aplicación del IBI.</p>



<p>Para aminorar las consecuencias que esta actualización ha tenido a la hora de tener que pagar el Impuesto de Bienes Inmuebles,&nbsp;<strong>varios ayuntamientos han optado por bajar el tipo de impuesto&nbsp;</strong>para que el recibo del IBI quede prácticamente igual en aquellos casos que han sufrido una actualización. Para amortizar el pago, muchos ayuntamientos ahora ofrecen el fraccionamiento del aumento del coeficiente hasta por diez años.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Prescriben las deudas por impago del IBI?</h2>



<p>La Ley General Tributaria establece con carácter general un periodo de&nbsp;<strong>4 años para que la administración reclame cualquier deuda tributaria</strong>, a contar desde el día siguiente en el que finaliza el plazo reglamentario para presentar la declaración o autoliquidación.</p>



<p>En cualquier caso, el periodo de cuatro años para reclamar se detiene en el mismo momento en que<strong>&nbsp;Hacienda inicia el proceso de inspección o de reclamación de la deuda al contribuyente.</strong>&nbsp;Es decir, que si Hacienda ha iniciado un proceso judicial para la reclamación, tiene todo el tiempo que se tarde la justicia en la resolución del caso (y si decide que debes pagar, la deuda no habrá prescrito).</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Existe alguna bonificación en el pago del IBI?</h2>



<p>Como muchos impuestos,&nbsp;<strong>el IBI tiene algunas bonificaciones que pueden ser aplicadas dependiendo de cada caso</strong>. Estas bonificaciones están contempladas en la Ley de Haciendas Locales.</p>



<p>Una de las bonificaciones más importantes es la de&nbsp;<strong>Viviendas de Protección Oficial</strong>. Esta bonificación implica una&nbsp;<strong>reducción del 50% en el IBI durante los primeros 3 años</strong>. Las bonificaciones pueden ser de cumplimiento obligatorio u optativo; en el último caso cada ayuntamiento decidiría si aplican en su localidad o no.</p>



<p>Además de las bonificaciones ordinarias de la ley general, cada ayuntamiento puede&nbsp;<strong>establecer bonificaciones adicionales a la normativa municipal</strong>, habitualmente bonificaciones por&nbsp;<strong>familias numerosas o descuentos por la domiciliación</strong>&nbsp;de los pagos.</p>



<p>Todas las bonificaciones posibles para cada ayuntamiento están recogidas en la&nbsp;<strong>ordenanza fiscal del IBI de los distintos municipios.</strong>&nbsp;Quienes tengan derecho a una bonificación deberán solicitarla al ayuntamiento antes de que acabe el año para que sea efectiva en el siguiente.</p>



<p>Si tienes más dudas sobre qué es el IBI, cómo pagarlo, cuánto debes pagar, las bonificaciones en tu caso particular, o cualquier otra duda, no dudes en llamarnos! En <a href="https://inmova.es" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Inmova</a>, nuestro equipo de expertos está preparado para resolver tus dudas y hacer el proceso más fácil y rápido.</p>
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		<title>¿Puedo declarar la venta de un piso que he heredado?</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Francisco]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 01 Jul 2024 15:37:31 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Impuestos]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Si has pasado ya el proceso de aceptar un piso en herencia y has logrado su venta, seguro que te sientes más que contento con tus gestiones. No obstante, ahora tienes que saber&#160;cómo declarar la&#160;venta de un piso heredado. Desde Inmova, en este artículo conseguirás una guía para ayudarte a aclarar dudas que frecuentemente surgen [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>Si has pasado ya el proceso de aceptar un piso en herencia y has logrado su venta, seguro que te sientes más que contento con tus gestiones. No obstante, ahora tienes que saber&nbsp;<strong>cómo declarar la&nbsp;<a href="https://web.archive.org/web/20210804155852/https://www.deplace.es/abc-vender-piso-heredado/">venta de un piso heredado</a></strong>.</p>



<p>Desde Inmova, en este artículo conseguirás una guía para ayudarte a aclarar dudas que frecuentemente surgen en torno a cómo declarar la venta de un piso heredado.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Cuál es la fecha de adquisición de un inmueble heredado?</h2>



<p>Dado que la adquisición del piso ha sido por herencia, la fecha que se considera ante Hacienda como de adquisición puede no ser obvia. A nivel legal,&nbsp;<strong>la fecha de adquisición de todos los bienes que conforman una herencia</strong>, incluidos inmuebles, acciones y otros, es la&nbsp;<strong>fecha de fallecimiento del propietario</strong>. No es la fecha en la que se haya firmado la escritura de adjudicación de herencia ni ninguna otra.</p>



<p>Este aspecto es importante en los casos de&nbsp;<strong>querer calcular el valor actualizado del coste de adjudicación de pisos heredados</strong>&nbsp;desde hace muchos años atrás. Recuerda, la fecha de defunción del causante es la fecha de adquisición para sus herederos.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Cuál es el valor de adquisición de un piso heredado?</h2>



<p>Muchas veces las dudas sobre cómo declarar un piso heredado surgen precisamente porque la adquisición del piso se dio por herencia. El precio de adquisición en los bienes heredados&nbsp;<strong>corresponde a la valoración que se haya declarado en el Impuesto de Sucesiones</strong>. Cuando ocurra que el valor declarado haya sido comprobado por la administración, entonces&nbsp;<strong>el valor de adquisición del piso heredado será el valor comprobado.</strong></p>



<p>No cuenta para nada el precio de compraventa que tuvo el inmueble en manos del propietario, tampoco el&nbsp;<a href="https://web.archive.org/web/20210804155852/https://www.deplace.es/que-es-el-valor-catastral-de-una-vivienda/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">valor catastral</a>. Recuerda que&nbsp;<strong>únicamente cuenta la valoración que se le haya dado en la liquidación de impuestos.</strong></p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Cómo se estima la ganancia patrimonial de un piso heredado?</h2>



<p>La ganancia patrimonial de la&nbsp;<a href="https://web.archive.org/web/20210804155852/https://www.deplace.es/abc-vender-piso-heredado/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">venta de un piso heredado</a>&nbsp;corresponde a&nbsp;<strong>la diferencia entre el valor de la venta y el valor de adquisición&nbsp;</strong>declarado en el impuesto de sucesiones y donaciones.</p>



<p>Es necesario tener en cuenta que, al igual que en cualquier compraventa, sin importar la forma en la que se haya adquirido el inmueble,&nbsp;<strong>a la hora de tributar podrás deducir &nbsp;o sumar los siguientes gastos</strong>:</p>



<h3 class="wp-block-heading">En el valor de la venta o de transmisión</h3>



<p>Al importe real por el que la enajenación se haya efectuado, se podrán&nbsp;<strong>deducir los gastos y tributos inherentes a la transmisión</strong>, que hayan corrido por cuenta del vendedor. Puedes deducir costes de:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Honorarios profesionales de la agencia inmobiliaria, si ha intervenido alguna en la operación.</li>



<li>Gastos de servicios jurídicos como pueden ser la redacción de contratos.</li>



<li>El pago de la plusvalía municipal por el incremento de valor si corresponde.</li>
</ul>



<h3 class="wp-block-heading">En el valor de la adquisición</h3>



<p>Al importe real por el que se adquirió el bien s<strong>e sumarán el importe de los gastos y tributos inherentes a tal adquisición</strong>, excluidos los intereses. Puedes sumar costes de:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Los gastos de notaría y Registro de la propiedad.</li>



<li>El pago de la parte proporcional del impuesto de sucesiones que corresponda al inmueble vendido, si fuera tu caso.</li>
</ul>



<h2 class="wp-block-heading">¿Cómo declarar la venta de un piso heredado?</h2>



<p>Para&nbsp;<a href="https://web.archive.org/web/20210804155852/https://www.deplace.es/como-se-declara-la-venta-de-un-piso/">declarar la venta de un piso heredado</a>, al igual que la venta de un piso cualquiera, se considera como una ganancia patrimonial por lo que&nbsp;<strong>debe declararse en el IRPF durante el mismo año en que tenga lugar la venta</strong>.</p>



<p>En tu declaración, esta ganancia patrimonial&nbsp;<strong>tributa en la base imponible del ahorro</strong>. Se desglosa según las siguientes parámetros:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Los primeros 6.000 € tienen un tipo del 19%.</li>



<li>Entre 6.000 y hasta 50.000 €, el tipo es de 21%.</li>



<li>A partir de los 50.000€ el 23%.</li>
</ul>



<p>Es importante considerar que de existir&nbsp;<strong>varios cotitulares de un piso heredado, todos y cada uno declare la misma ganancia patrimonial</strong>; claro está cada uno declarando la proporción que le corresponda según la herencia. Del mismo modo&nbsp;<strong>se recomienda que todos los copropietarios acuerden las cantidades y fechas que especificarán</strong>&nbsp;en las declaraciones respectivas del mismo hecho imponible. Este acuerdo evitará discrepancias entre declarantes que pudieran acarrear una comprobación por parte de Hacienda.</p>



<p>Cabe destacar que cuando el piso vendido haya sido tu vivienda habitual,&nbsp;<strong>la ganancia patrimonial obtenida por su venta, está libre de gravamen&nbsp;</strong>si la reinviertes en la adquisición de una nueva vivienda habitual. Cuando el importe reinvertido en la compra sea menor al importe obtenido por la venta, se excluirá de la tributación solamente la cantidad reinvertida.</p>



<p>En Inmova, como expertos del sector inmobiliario, queremos despejar tus dudas en relación a los trámites y conceptos claves para que sepas <strong>cómo declarar la venta de un piso heredado</strong>. De todas formas, si deseas consultar tu caso particular sobre la venta de un inmueble heredado, o quieres aclarar algún otro punto, te ayudamos. Nuestro interés es que logres gestionar todos los trámites sin preocupaciones. ¡No dudes en <a href="https://inmova.es/contacto/">contactarnos</a>!</p>
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		<item>
		<title>Qué es el impuesto de transmisiones patrimoniales</title>
		<link>https://inmova.es/impuestos/de-transmisiones-patrimoniales/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Francisco]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 05 Jun 2024 10:57:55 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Impuestos]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Habrás leído que cuando se&#160;adquiere una vivienda de segunda mano, se debe abonar ante el ayuntamiento el llamado&#160;Impuesto de Transmisiones Patrimoniales&#160;(ITP). El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actividades Jurídicas Documentadas, que comúnmente se conoce ITP/AJD, es un&#160;impuesto de carácter indirecto que se paga a las Comunidades Autónomas. Este impuesto&#160;se aplica a todas las operaciones que [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p>Habrás leído que cuando se&nbsp;<a href="https://web.archive.org/web/20221007192503/https://www.deplace.es/que-pasos-seguir-comprar-piso-segunda-mano/">adquiere una vivienda de segunda mano</a>, se debe abonar ante el ayuntamiento el llamado&nbsp;<a href="https://web.archive.org/web/20221007192503/https://www.deplace.es/que-es-impuesto-transmisiones-patrimoniales/">Impuesto de Transmisiones Patrimoniales</a>&nbsp;(ITP). El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actividades Jurídicas Documentadas, que comúnmente se conoce ITP/AJD, es un&nbsp;<strong>impuesto de carácter indirecto que se paga a las Comunidades Autónomas</strong>.</p>



<p>Este impuesto<strong>&nbsp;se aplica a todas las operaciones que impliquen una transmisión de patrimonio entre las personas</strong>. El importe de este impuesto variará de acuerdo a la Comunidad Autónoma en la que se sitúe el inmueble, de la naturaleza y el valor del bien, y de las características del comprador.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Qué operaciones están sujetas al impuesto de transmisiones patrimoniales?</h2>



<p>Están sujetos al<strong>&nbsp;pago de ITP: las transmisiones patrimoniales onerosas; las operaciones societarias</strong>. Mientras que los documentos notariales, mercantiles y administrativos están sujetos al pago del impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD).</p>



<h3 class="wp-block-heading">Las Transmisiones Patrimoniales Onerosas (TPO)</h3>



<p>Son aquellas&nbsp;<strong>operaciones de carácter civil entre particulares</strong>, es decir, cuando las partes no actúen en carácter de empresarios o profesionales. Casos de estas operaciones son la&nbsp;<strong>compraventa de bienes muebles o inmuebles</strong>, la constitución de derechos reales. También es aplicado a la hora de efectuar el arrendamiento de un inmueble, ya sea éste rústico o urbano.&nbsp;<strong>El ITP lo abona el adquirente</strong>,&nbsp;<strong>prestatario, arrendatario o beneficiario de las operaciones</strong>&nbsp;indicadas anteriormente.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Las Operaciones Societarias (OS)</h3>



<p>Son aquellas que&nbsp;<strong>implican la constitución o disolución de sociedades, el aumento o disminución de su capital</strong>. En estos casos el ITP lo abona la sociedad, los socios o copropietarios.</p>



<p>Conviene tener presente que&nbsp;<strong>la primera transmisión onerosa de cualquier bien no se grava con ITP sino con el IVA</strong>. El ITP se aplica a partir de la segunda transmisión onerosa, por ello aplica a viviendas de segunda mano.&nbsp;<strong>Las viviendas de segunda mano tampoco pagan AJD</strong>&nbsp;(la porción variable), únicamente ITP.</p>



<p>La Ley establece que n<strong>unca una misma operación esté sujeta al gravamen de dos modalidades del impuesto al mismo tiempo</strong>. Si la operación está tributa por la modalidad de Operaciones Societarias nunca estará sujeta al gravamen de TPO. Los tres impuestos TPO, OS e AJD son totalmente incompatibles con el Impuesto sobre el valor añadido.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Cuál es la base imponible del impuesto de transmisiones patrimoniales?</h2>



<p>La base imponible<strong>&nbsp;la constituye el valor real del bien transmitido o del derecho que se constituye o cede.</strong>&nbsp;Legalmente se equipara el concepto de “valor real” a aquel de “valor de mercado”. En este sentido, el valor de mercado es el importe de la comercialización adecuada del bien transmitido, actuando libremente y sin un interés particular en la operación tanto el comprador y como el vendedor. El valor declarado del bien puede estar sujeto a verificación por parte de Hacienda.</p>



<p><strong>Sobre la base imponible se aplica el tipo de gravamen</strong>, lo que arroja la cuota tributaria, que constituye el ingreso a pagar. Se consideran deducibles de este valor las cargas que disminuyen el valor real de los bienes, pero no las deudas. Por lo tanto&nbsp;<strong>la hipoteca no afecta al valor real del inmueble y no es un concepto deducible.</strong></p>



<p>Dada que la competencia sobre este impuesto pertenece a cada CC.AA., serán ellas las que fijen los porcentajes a aplicar. Operaciones específicas como la constitución de usufructos,&nbsp;<a href="https://web.archive.org/web/20221007192503/https://www.deplace.es/cuanto-cuesta-pedir-una-hipoteca/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">hipotecas</a>&nbsp;y arrendamientos están sujetas a la normativa del impuesto que establece una serie de reglas para determinar su base imponible.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Cuándo, cómo y dónde se paga el ITP?</h2>



<h3 class="wp-block-heading">¿Cuándo se paga el impuesto de transmisiones patrimoniales?</h3>



<p>El plazo para abonar impuesto sobre transmisiones patrimoniales es de&nbsp;<strong>30 días hábiles posteriores a la fecha de la operación por la cual nace la obligación del impuesto</strong>. Este es el llamado Periodo Voluntario de Pago.</p>



<h3 class="wp-block-heading">¿Cómo se paga el impuesto de transmisiones patrimoniales?</h3>



<p>Para proceder a liquidar el ITP la administración facilita una serie de formularios de distintos modelos.</p>



<h3 class="wp-block-heading">¿Dónde se paga el impuesto de transmisiones patrimoniales?</h3>



<p>Una vez rellenados, habrán de ser presentados en el Servicio Territorial de Hacienda, acompañados del DNI. Además, la copia auténtica y la copia simple del documento notarial, judicial, administrativo o privado en que conste el acto que origina el tributo.</p>



<p>Cuando resulte aplicable algún beneficio fiscal o tipo impositivo reducido, se tiene que aportar, además,&nbsp;<strong>justificación suficiente que acredite el cumplimiento de los requisitos necesarios&nbsp;</strong>para su aplicación.</p>



<p>También el impuesto de transmisiones patrimoniales puede ser liquidado mediante timbres fiscales del Estado, como se hace en los contratos de arrendamiento</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Qué pasa si no pago el impuesto de transmisiones patrimoniales?</h2>



<p>La falta del pago de este impuesto acarrearía la<strong>&nbsp;inspección tributaria, así como el requerimiento inmediato de la liquidación del tributo</strong>; además de los gastos de recargo. Aunque el impago del ITP no afecta el hecho de la posesión del bien, si tiene efecto sobre la titularidad formal del mismo. Para efectuar el cambio de titularidad es imprescindible presentar la liquidación del ITP, caso contrario el bien seguirá figurando a nombre del transmitente.</p>



<p>Aunque&nbsp;<strong>estos tributos no gravan exclusivamente la compraventa de vivienda</strong>, ésta sí es la parte más sustancial del impuesto, por lo que sirve de termómetro para medir el auge que viene teniendo el mercado inmobiliario.</p>



<p>Como comprador debes tener presente que la carga impositiva varía entre Comunidades y que cada una segrega el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales según el<strong>&nbsp;tipo de bien que se grava, el valor del bien y el caso de cada comprador.</strong>&nbsp;A este tributo se le aplican las bonificaciones o deducciones según cada Comunidad Autónoma. En cualquier caso, convendrá consultar asesoría para despejar sus dudas. En&nbsp;<a href="https://web.archive.org/web/20221007192503/https://www.deplace.es/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Deplace</a>&nbsp;encontrarás la mejor forma de despejar cualquier duda sobre este aspecto y cualquier aspecto relacionado con proceso de compraventa de inmuebles.</p>
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		<title>¿Cuáles son los impuestos por la compra de vivienda en Madrid?</title>
		<link>https://inmova.es/impuestos/compra-vivienda-madrid/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Francisco]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 04 Jun 2024 14:42:34 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Impuestos]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Comprar una casa es una decisión que tiene algunas ventajas. Las más destacables son la posibilidad de adaptar la vivienda a nuestros gustos, contar con una mayor estabilidad o&#160;invertir dinero en una propiedad inmobiliaria&#160;que puede revalorizarse en el futuro debido a las oportunidades que el mercado inmobiliario nos ofrece.&#160; Sin embargo, comprar una casa también [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p>Comprar una casa es una decisión que tiene algunas ventajas. Las más destacables son la posibilidad de adaptar la vivienda a nuestros gustos, contar con una mayor estabilidad o&nbsp;<strong>invertir dinero en una propiedad inmobiliaria</strong>&nbsp;que puede revalorizarse en el futuro debido a las oportunidades que el mercado inmobiliario nos ofrece.&nbsp;</p>



<p>Sin embargo, comprar una casa también tiene algunos inconvenientes. Los más evidentes son el importante desembolso inicial (alrededor del 20% de su valor total) y el compromiso a largo plazo que firmamos con el banco al contratar una hipoteca.&nbsp;</p>



<p>Por otra parte,&nbsp;<strong>cuando compramos una casa debemos asumir el pago de diferentes impuestos</strong>&nbsp;(entre ellos el Impuesto sobre el Valor Añadido o IVA, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales o ITP y el impuesto de Actos Jurídicos Documentados o AJD)&nbsp;<strong>además de los gastos de notaría, registro, hipoteca y tasación</strong>. Todos ellos pueden variar&nbsp; en función de la región donde compremos la vivienda.&nbsp;</p>



<h2 class="wp-block-heading">Vivienda nueva o vivienda de segunda mano: ¿Qué impuestos debo pagar en cada caso?</h2>



<h3 class="wp-block-heading">Viviendas de nueva construcción: Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD) e IVA&nbsp;</h3>



<p>Al comprar una vivienda de nueva construcción se pagan dos impuestos: el IVA (10 % sobre el precio de la vivienda en toda España, a excepción de las Islas Canarias, donde este impuesto supone el 6,5% del valor del inmueble) y el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD) cuyo coste oscila dependiendo de cada región.&nbsp;</p>



<p>Por ejemplo, en Andalucía el IAJD de una vivienda de obra nueva es el 1,2% sobre el valor total, mientras que en la Comunidad Valenciana es del 1,5%, en La Rioja del 1%, en Navarra del 0,5% y en el País Vasco del 0%.</p>



<p>¿Qué quiere decir esto a nivel práctico?&nbsp;</p>



<p>Que si compramos un piso por valor de 100.000 euros en la Comunidad Valenciana, el IAJD a pagar será de 1.500 €. Pero si compramos un piso del mismo valor en La Rioja, el IAJD que tendremos que pagar será de 1.000 €. El coste de este impuesto se reducirá hasta los 500 € en Navarra y será de 0 € en el País Vasco.&nbsp;</p>



<h3 class="wp-block-heading">Viviendas de segunda mano: Impuesto sobre las Transmisiones Patrimoniales (ITP)&nbsp;</h3>



<p>En el caso de las viviendas de segunda mano,<strong>&nbsp;los compradores no deben pagar el IVA ni el IAJD</strong>, pero sí el&nbsp;<a href="https://inmova.es/impuestos/de-transmisiones-patrimoniales/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Impuesto sobre las Transmisiones Patrimoniales</a>&nbsp;(ITP), obligatorio siempre que se realiza una transmisión de bienes muebles o inmuebles entre particulares.&nbsp;</p>



<p><strong>El porcentaje correspondiente al Impuesto de Transmisiones patrimoniales se establece por Comunidades Autónomas</strong>, aunque el Estado establece un valor mínimo: en el caso de los bienes muebles el porcentaje mínimo es del 4% y en el caso de los bienes inmuebles (como sería la compraventa de una casa) el porcentaje mínimo aplicable es del 6%.</p>



<p>En nuestro país,&nbsp;<strong>el ITP supone entre un 6% y un 10% del valor de la vivienda</strong>, con la excepción del País Vasco (4%).&nbsp;</p>



<p>Por ejemplo, si compramos una vivienda de segunda mano en la Comunidad Valenciana o en Cataluña, tendremos que pagar el ITP más alto (10%), pero si lo hacemos en Ceuta, Melilla o Navarra, pagaremos el más bajo (6%).&nbsp;</p>



<p>Volviendo al símil anterior, si compras un piso o una casa valorada en 100.000 euros en Valencia capital, pagarás un ITP de 10.000 €, pero si lo haces en Pamplona, pagarás 6.000 €.</p>



<p>Por otra parte, las Comunidades Autónomas establecen ITP reducidos por la compra de viviendas protección oficial o para familias numerosas, personas con discapacidad y menores de 30 años.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Gastos e impuestos de comprar una vivienda en Madrid en 2025 </h2>



<p><strong>Los gastos e impuestos por la compra de una vivienda en Madrid suponen alrededor de un 10% del valor total del inmueble</strong>. Aun así, comprar una vivienda en esta Comunidad Autónoma puede ser más barato que en otras regiones, tal y como explicamos a continuación.&nbsp;</p>



<h3 class="wp-block-heading">Registro de la propiedad</h3>



<p>Inscribir las Escrituras de un piso o una casa en el Registro de la Propiedad conlleva unos gastos fijados por normativa y que dependen directamente del precio de la vivienda. El valor de este trámite se sitúa en torno a los 500 euros.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Notaría&nbsp;</h3>



<p>Los gastos de Notaría asociados a la compra de viviendas también están regulados por el Estado.&nbsp;</p>



<p>Los precios para el otorgamiento de la escritura pública de compraventa oscilan entre los 600 y los 875 euros, dependiendo del precio del inmueble. ¿Cómo? Cuánto más caro sea el inmueble, más elevada será la escritura.&nbsp;</p>



<p>Por ejemplo, si compramos un piso de 100.000 euros, la escritura puede tener un coste de 700 euros, mientras que si adquirimos una casa valorada en 200.000 euros, el gasto de notaría en Madrid puede elevarse hasta los 800 euros.&nbsp;</p>



<h3 class="wp-block-heading">Impuestos asociados (IVA, IAJD e ITP)</h3>



<p>Si compras una vivienda de nueva construcción en Madrid, tendrás que pagar un IVA del 10%.&nbsp;</p>



<p>En el caso del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD), en la Comunidad de Madrid es del 0,7%, uno de los más bajos de España.&nbsp;</p>



<p>Respecto al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) aplicable a las transacciones de viviendas usadas, en Madrid se sitúa en un 6%, también el más bajo aplicable en nuestro país.&nbsp;</p>



<p>Además, en Madrid las familias numerosas que compren una vivienda VPO pagarán un 4% de ITP sobre el precio escriturado.&nbsp;</p>



<p>Por otra parte, cuando compramos un piso en Madrid también tendremos que liquidar la Plusvalía Municipal y declarar esta operación y la posible ganancia patrimonial en nuestra declaración de la Renta anual.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Consejos de Inmova para comprar una vivienda de segunda mano en Madrid&nbsp;</h2>



<p><a href="https://web.archive.org/web/20221007162604/https://www.deplace.es/s/comprar-inmueble-madrid/madrid" target="_blank" rel="noreferrer noopener"><strong>Comprar una vivienda de segunda mano en Madrid</strong></a><strong>&nbsp;tiene muchas ventajas.</strong>&nbsp;De hecho, la oferta de este tipo de inmuebles es mayor, por lo que nos resultará relativamente fácil encontrar un piso en la zona que queramos y que se adapte a nuestras necesidades.</p>



<p>Informarte sobre los impuestos por la compra de una vivienda en Madrid es el primer paso antes de lanzarte a la aventura de buscar un piso en la capital.&nbsp;</p>



<p>Cuando encuentres una vivienda que encaje contigo, también te recomendamos que solicites información sobre:&nbsp;</p>



<ol class="wp-block-list">
<li>Certificado de Eficiencia energética.</li>



<li>Documentación relativa a la vivienda si el anterior propietario la compró a un promotor (planos, memoria de calidades, etc.).&nbsp;</li>



<li>Nota Simple del Registro.</li>



<li>Certificado de cargas.&nbsp;</li>



<li>Certificado o documento que verifique que el inmueble está al corriente de pago de impuestos.&nbsp;</li>



<li>Documento que verifique que el inmueble está al corriente de los pagos de la Comunidad de Propietarios.</li>



<li>Facturas y datos de contratación de suministros (agua, gas, luz, etc.).&nbsp;</li>



<li>En viviendas que han tenido una reforma integral, documentación al respecto, proyecto de obra (si es que lo hubo) y garantía de las instalaciones.&nbsp;</li>
</ol>



<p>¿Estás pensando en comprar o en vender un piso o una casa en tu ciudad? Contacta con nosotros. En Inmova somos&nbsp;<strong>profesionales del sector inmobiliario</strong>&nbsp;y te asesoraremos durante todo el proceso.</p>
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		<title>Los diferentes tipos de IRPF en Madrid</title>
		<link>https://inmova.es/impuestos/tipos-de-irpf-en-madrid/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Francisco]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 04 Jun 2024 14:34:09 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Impuestos]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://inmova.es/?p=4627</guid>

					<description><![CDATA[<p>El IRPF o Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas&#160;es un tributo de carácter personal y directo&#160;que grava la renta de las personas físicas, de acuerdo con su naturaleza y circunstancias personales/familiares, según los beneficios económicos obtenidos cada año. Una de las principales características del IRPF es que es un impuesto progresivo. Esto quiere [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>El IRPF o Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas&nbsp;<strong>es un tributo de carácter personal y directo</strong>&nbsp;que grava la renta de las personas físicas, de acuerdo con su naturaleza y circunstancias personales/familiares, según los beneficios económicos obtenidos cada año.</p>



<p>Una de las principales características del IRPF es que es un i<strong>mpuesto progresivo</strong>. Esto quiere decir que no todos los contribuyentes pagan lo mismo, ya que el porcentaje a abonar aumenta en función de la renta y de los ingresos: cuanto mayor sean ambos, mayor es el porcentaje a pagar.&nbsp;</p>



<p>Por otra parte, es importante remarcar que&nbsp;<strong>el IRPF dispone de dos tramos, uno nacional y uno autonómico</strong>. De manera que, dependiendo de la comunidad autónoma en la que residas, el porcentaje a pagar será mayor o menor.&nbsp;</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Qué tipo de rentas se gravan en el IRPF?</h2>



<p>El IRPF grava distintos todos los beneficios económicos de una persona, y es diferente para trabajadores por cuenta ajena o por cuenta propia (autónomos).</p>



<p>En el primer caso, el IRPF grava los rendimientos del trabajo y de ahorro (como son el salario, los fondos de inversión o las acciones); en el segundo, se tienen en cuenta tanto los ingresos como los gastos relacionados con el desarrollo de la actividad profesional.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Qué son y para qué sirven los tramos del IRPF&nbsp;</h2>



<p>A lo largo del año, los ciudadanos vamos adelantando dinero del IRPF mediante las&nbsp;<strong>retenciones en nuestras nóminas</strong>&nbsp;o en nuestras declaraciones trimestrales. De esta forma, cuando presentamos la declaración de la renta anual, ya hemos pagado cierto dinero a Hacienda.&nbsp;</p>



<p>Al hacer el cálculo,&nbsp;<strong>existe la opción de que hayamos pagado más o menos de lo que nos corresponde</strong>: en el primer caso, Hacienda nos devuelve dinero, mientras que, en el segundo, tenemos que abonar la diferencia (popularmente, decimos que la declaración «nos sale a devolver” o “nos sale a pagar»).</p>



<p>Los tramos del IRPF determinan qué porcentaje nos corresponde abonar a Hacienda por nuestras rentas y beneficios económicos.</p>



<p>Desde un punto de vista práctico, los tramos del IRPF son el mejor ejemplo de la carga fiscal inicial que soporta cada ciudadano según sus ingresos y su situación personal.&nbsp;</p>



<p>De la misma forma, estos tramos sirven para establecer las retenciones en nuestras nóminas.</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Te puede interesar: <a href="https://web.archive.org/web/20221007160856/https://www.deplace.es/plusvalia-piso-madrid/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Cómo calcular plusvalía de un piso en Madrid</a></li>
</ul>



<h3 class="wp-block-heading">Cuáles son los tramos del IRPF estatales&nbsp;</h3>



<p>Los tramos de IRPF son los intervalos que Hacienda establece para el pago de la declaración de la renta en función de los ingresos totales de cada contribuyente.</p>



<p>Estos tramos y sus porcentajes correspondientes en el ámbito estatal son:&nbsp;&nbsp;</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Tramo 1</strong>. Hasta 12.450 euros. Se paga un tipo del 9,5%.</li>



<li><strong>Tramo 2</strong>. Hasta 20.200 euros, con un tipo del 12,0%.</li>



<li><strong>Tramo 3</strong>. Hasta 35.200 euros, con un tipo del 15,0%.</li>



<li><strong>Tramo 4</strong>. Hasta 60.000 euros, con un tipo del 18,5%.</li>



<li><strong>Tramo 5</strong>. Hasta 300.000 euros con un tipo del 22,5%.</li>



<li><strong>Tramo 6</strong>. A partir de 300.000 euros, con un tipo del 24,5% (aplicable a partir del 2022).</li>
</ul>



<p>Hay que tener en cuenta que este porcentaje es solo una parte del IRPF que debemos pagar:&nbsp;<strong>a esta cifra hay que sumarle otro tramo más correspondiente a las autonomías</strong>.&nbsp;</p>



<p>Pongamos un&nbsp;<strong>ejemplo práctico</strong>: si para rentas del tramo 1 una Comunidad Autónoma aplica un IRPF del 9,5%, el total a pagar será del 19% (9,5% del tramo estatal + 9,5% del tramo autonómico).</p>



<p>Por otra parte,&nbsp;<strong>el IRPF es progresivo</strong>. Esto implica su implementación en función de los ingresos, pero también de la situación familiar de cada contribuyente, lo que permite una serie de deducciones por tener hijos, por tener algún tipo de discapacidad, etc.</p>



<p>Por ejemplo, un trabajador que gana 30.000 euros y es soltero, no tiene deducciones por hijos. En este caso, tributará hasta 12.450 euros en el tramo 1, hasta 20.200 euros en el tramo 2 y los 9.800 euros restantes en el tramo 3.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Tipos de IRPF en Madrid</h2>



<p>Actualmente,&nbsp;<strong>la Comunidad de Madrid es una de las autonomías con menor carga fiscal de nuestro país</strong>. Los tramos del IRPF en Madrid&nbsp; están entre el 9% y el 21%, lo que quiere decir que los contribuyentes madrileños tienen un tipo mínimo del 18,5% y un máximo en el 44,5%.</p>



<p>Los tipos del IRPF en Madrid son los siguientes:&nbsp;</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Hasta 12.450 euros, tipo del 9%</li>



<li>Entre 12.450,00 euros y 17.707,20 euros, tipo del  11,20%.</li>



<li>Entre 17.707,20 euros y 33.007,20 euros, tipo del  13,30%.</li>



<li>Entre 33.007,20 euros y 53.407,20 euros, tipo del  17,90%.</li>



<li>Entre 53.407,20 y 60.000 euros, tipo del 21%.</li>
</ul>



<p>Estas cifras contrastan, por ejemplo, con otras regiones como Cataluña, donde los valores impositivos están entre el 21,5% (9,5% estatal + 12% autonómico) y 48% (24,5% estatal + 23,50% autonómico).</p>



<p>De esta forma,&nbsp;<strong>un contribuyente madrileño con un salario de 30.000 euros pagará un IRPF de 4.829 euros</strong>, mientras que el mismo contribuyente con el mismo salario que resida en Cataluña pagará a Hacienda 5.102 euros.</p>



<p>La Comunidad de Madrid tiene como objetivo rebajar medio punto cada tramo del IRPF autonómico, lo que reducirá la presión fiscal de sus ciudadanos en 2022. Según esta previsión, los tramos del IRPF en Madrid quedarían de la siguiente manera:&nbsp;</p>



<figure class="wp-block-table"><table><tbody><tr><td><strong>Base liquidable (en euros)</strong></td><td><strong>Tipo aplicable 2021 (%)</strong></td><td><strong>Tipo aplicable 2022 (%)</strong></td></tr><tr><td>Menos de 12.450</td><td>18,5</td><td>18,00</td></tr><tr><td>12.450,00</td><td>23,30</td><td>22,7</td></tr><tr><td>17.707,00</td><td>25,30</td><td>24,8</td></tr><tr><td>20.200,00</td><td>28,30</td><td>27,8</td></tr><tr><td>33.007,20</td><td>32,90</td><td>32,40</td></tr><tr><td>35.200,00</td><td>36,40</td><td>35,90</td></tr><tr><td>53.407,20</td><td>39,50</td><td>39</td></tr><tr><td>60.000,00</td><td>43,50</td><td>43</td></tr></tbody></table></figure>



<h2 class="wp-block-heading">Deducciones en el IRPF en la Comunidad de Madrid&nbsp;</h2>



<p>La&nbsp;<strong>bajada del 0,5% en los tipos aplicables del IRPF</strong>&nbsp;coloca a Madrid en una posición ventajosa con respecto al resto de Comunidades Autónomas. Además, los madrileños pueden beneficiarse de las siguientes deducciones en su Declaración de la Renta:&nbsp;</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Por hijos nacidos o adoptados (hasta 600 € por hijo).</li>



<li>Por acogimiento familiar de menores (600€ por el primer menor, 750 € por el segundo y 900€ por el tercero y sucesivos).</li>



<li>Por acogimiento no remunerado de mayores de sesenta y cinco años y/o con discapacidad (hasta 1.500 €).</li>



<li>Por arrendamiento de la vivienda habitual (30%, con un máximo de 1.000 €).</li>



<li>Por donativos a fundaciones y clubes deportivos (15% de las cantidades donadas a fundaciones que cumplan los requisitos de la Ley de Fundaciones de la Comunidad de Madrid) </li>



<li>Por gastos educativos (15% gastos de escolaridad, 10% gastos de enseñanza de idiomas y 5% gastos por adquisición de vestuario de uso exclusivo escolar).</li>



<li>Por cuidado de hijos menores de tres años (20% de las cuotas ingresadas por el contribuyente por cotizaciones al Sistema Especial de Empleados de Hogar en la Seguridad Social).</li>



<li>Para familias con dos o más descendientes e ingresos reducidos (10% del importe resultante de minorar la cuota íntegra autonómica).</li>



<li>Por inversión en la adquisición de acciones y participaciones sociales de nuevas entidades o de reciente creación (30%  de las cantidades invertidas durante el ejercicio, 50% en la adquisición de acciones y 50% en las cantidades invertidas en sociedades creadas por universidades y centros de investigación, con un máximo de 6.000 € – en el primer caso- y de 12.000 € – en los dos segundos-).</li>



<li>Para el fomento del autoempleo de jóvenes menores de treinta y cinco años (1.000 € para menores de 35 años dados de alta, por primera vez, en el censo de empresarios o profesionales).</li>



<li>Por inversiones realizadas en entidades cotizadas en el Mercado Alternativo Bursátil (20% de las cantidades invertidas).</li>
</ul>
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