Francisco 7 de marzo de 2024 0 Comments

¿Cuándo se paga el IBI en España?

Ser propietario de un piso puede ser caro. A tus gastos habituales tienes sumar los impuestos anuales que impone el municipio a la vivienda. Es importante cumplir los plazos que fija tu Ayuntamiento para cumplir con tus obligaciones.

El tributo municipal de pago anual más importante que tendrás que pagar es el IBI o Impuesto sobre Bienes e Inmuebles. Este tributo lo pagas nada más por ser dueño de casa. No importa si está deshabitada, ni si está en zona rural o en la ciudad, de todas formas tendrás que pagarlo, por lo que es importante saber cuándo se paga el IBI.

Aunque existen unas tablas generales de IBI, lo cierto es que de un Ayuntamiento a otro, varían todos los factores que forman parte de la ecuación de cálculo: desde los valores catastrales hasta los porcentajes que se aplican al cálculo del IBI, también varían las bonificaciones y reducciones que se contemplan. Esto es porque la gestión de este impuesto es municipal, y poseen la potestad de fijar anualmente las condiciones de esta recaudación.

¿Cuándo se paga el IBI?

Comúnmente, los trámites relacionados con el pago del IBI son muy parecidos en todas las ciudades. Aún suele variar la opción de poder pagar online y también los plazos que otorga cada Consistorio para cumplir con los pagos.

Progresivamente, la disponibilidad de procesos automatizados que ofrecen las administraciones públicas a sus ciudadanos se traduce en el uso de aplicaciones que facilitan el intercambio de datos, el pago de impuestos en línea, la facturación electrónica o la contabilidad electrónica.

Actualmente existen soluciones de gestión como los calendarios fiscales, que se vuelven un elemento útil para la recaudación de impuestos establecidos como el IBI y también para nuevas obligaciones fiscales. Por ejemplo, para aquellos que vivan en Madrid y quieran saber cuándo se debe pagar el IBI 2020, el calendario fiscal puede ser consultado en el sitio web del ayuntamiento de Madrid.

En este caso, los plazos que ha otorgado el Ayuntamiento de Madrid para realizar el pago del IBI:

  1. Para el pago voluntario de tributos. El plazo va del 1 de octubre al 30 de noviembre. Este es el periodo para cumplir con la obligación voluntariamente.
  2. Una vez superado el plazo de pago voluntario, el Ayuntamiento abre el segundo plazo y el pago se considerará no voluntario, por lo cual se incluirá un recargo. El recargo se aplicará tanto si te presentas tú a realizar el pago como si es Hacienda quien lo reclama. Salvo que si esperas a que se te reclame el recargo será aún mayor.

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¿Qué información encuentro en el recibo del IBI?

El IBI es un tributo regulado en la Ley de Haciendas Locales. El recibo contiene información básica de tu piso:

  • El valor catastral. Es el resultado de un proceso denominado ponencia de valores, que estima el valor del suelo más el valor de la construcción que está sobre el terreno. Frecuentemente su valor se acerca a la mitad del valor de la propiedad en el mercado inmobiliario.
  • La base Imponible. En el caso de los bienes inmuebles que no están sujetos a exenciones, la base imponible es igual al valor catastral.
  • La base Liquidable. En el caso de aquellos municipios que hayan efectuado una revisión catastral a partir de 1997, se originan reducciones que se aplican a la base imponible dando como resultado la base liquidable.
  • El tipo impositivo. Corresponde al coeficiente, que se expresa en porcentaje, y que debe ser aplicado a la base imponible para obtener la cuota a liquidar.
  • La cuota íntegra. La cuota Íntegra es la cuota del impuesto sin haberle aplicado bonificación alguna.
  • Bonificación. Cualquier reducción que se haya otorgado y se aplique sobre la cuota.
  • La deuda tributaria. Es el importe final, el resultado de haber aplicado alguna bonificación a la cuota Íntegra. Es la cantidad que debe pagarse en el ejercicio fiscal.

¿Dónde se paga el IBI?

  1. Domiciliación del IBI, para el pago por sistema especial de domiciliación.

Para tramitar la domiciliación pueden dirigirse a la página web del Ayuntamiento en cuestión, e ingresar un código de identificación otorgado por el consistorio, el DNI y la referencia catastral del inmueble. En caso de no disponer de este método, puede solicitarse desde el propio Ayuntamiento.

  1. Pago en ventanilla bancaria de cualquier entidad colaboradora. En estos casos el Ayuntamiento te enviará la carta con la información del importe a pagar, así como el plazo que le otorgan para realizarlo.
  2. Pago online. Ya sea con el recibo enviado por el Ayuntamiento, o tras haber solicitado un duplicado del recibo del IBI.
  3. Pago telefónico. A través de la red bancaria de su entidad, usando tarjeta de crédito o débito.
  4. Pago fraccionado. Cada Ayuntamiento te permitirá repartir los pagos del IBI en diferentes fracciones: mensual, trimestral, semestral…

Cuando se paga el IBI fuera de plazo, es posible que te asalten dudas sobre posibles sanciones. Es importante tener presente que como contribuyente tienes derecho a solicitar la devolución del IBI en los casos que hayas tenido cobros por cantidades excesivas.

Es común ver casos de facturas duplicadas o cálculos erróneos que acaban aumentando el pago total de tus facturas. Por tales razones, no dudes en pedir asesoría para aclarar tus opciones de ajuste de este impuesto. ¡Contacta con Deplace y sal de dudas!

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